Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal TERCERO DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN VALLES DEL TUY, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA.
U N I C O: De conformidad con la estipulación contenida en el artículo 414 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA el ARCHIVO de la presentes actuaciones contentivas de investigación seguida por la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Miranda, en contra del ciudadano DAVID JOSE CARVAJAL GARCIA, identificado con la cédula de identidad número 17.226.130, igualmente el cese inmediato de las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad impuestas por este Tribunal en fecha 02-07-05 así como el cese de la condición de imputado. En consecuencia se ACUERDA y ORDENA remitir el presente asunto al Archivo Judicial de esta Extensi.....