este Tribunal de Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley: Dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Acuerda al imputado FELIX JOSE OJEDA VILLAROEL, de Nacionalidad: Venezolano, nacido en Miranda, residenciado en: EL ROSARO DE SOAPIRE, SECTOR EL CASCARON, CALLE PRINCIPAL, CASA S/N, nacido en fecha 30/05/1977, de 28años, de profesión u oficio No consta, de estado civil Soltero/a y titular de la Cédula de Identidad N° 14014126, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad contenida en el articulo 256 ordinales 3° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación ante la sede del Alguacilazgo cada ocho (08) días, presentación de dos (02) fiadores que reúnan en su conjunto treinta (30) unidades tributarias. SEGUNDO: Se acuerda proseguir la presente causa por la Vía del Pro.....