En el día de hoy fijado por el Tribunal se procede a dejar por escrito la presente situación: ¿De la revisión de las presentes actuaciones, se observa que en fecha 23 de Julio de 2002, fue celebrada la Audiencia preliminar, en donde la juez Arlenis Escalante, decidió; entre otras cosas admitir parcialmente la acusación presentada por el Ministerio Público por el delito de Aprovechamiento de Cosas Provenientes de Delito, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 472 del Código Penal vigente, ordenó la apertura del juicio oral y público emplazando a las partes para que concurrieran en un plazo común de cinco días ante el juez de juicio correspondiente. Así mismo, se observa que la Dra Escalante no realizó el Auto de Apertura a juicio, por lo que a raíz de esta situación el tribunal en lo sucesivo siguió convocando erróneamente a la celebración de la audiencia preliminar, la cual fue celebrada en la fecha up supra indicada, siendo lo procedente en este caso remitir el expedie.....