Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, extensión Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO. Examina de oficio la medida de privación judicial preventiva de libertad de los ciudadanos LUÍS ALFREDO GONZÁLEZ MANAGUA Y DOUGLAS JAVIER MANAGUA, titulares de la cédula de identidad Nº V-30.287.190 Y V-22.567.371, respectivamente , a quien se le sigue causa por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 458 y 286 del Código Penal,, y en consecuencia se sustituye la medida de privación judicial preventiva de libertad, impuesta a los referidos ciudadanos en fecha 04 de febrero de 2015 por las MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD previstas en lo.....