En consecuencia, por todos los razonamientos anteriormente expuestos, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, éste Tribunal CUARTO de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy , PRIMERO: Acoge la solicitud del Fiscal del Ministerio Publico, en cuanto a la prosecución de la investigación por la vía del procedimiento ORDINARIO de conformidad con el último aparte del Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: IMPONE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, solicitada por el fiscal DRA. RUTH ARAUJO en su carácter de Fiscal Décimo Sexto del Ministerio Público, a los ciudadanos JOSE RAMON NAVAS OCHOA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 6.855.620, soltero, de 42 años de edad, nacido en fecha 15-06-1964, natural de Caracas, profesión indefinida, residenciado en Ciudad Miranda Manzana 43, casa sin número, Charallave.....