Este Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RATIFICA la medida cautelar sustitutiva de libertad impuesta en fecha 23-01-03, al ciudadano ROJAS CHACON CESAR JAVIER, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.644.794, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, y se DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD interpuesta por el mencionado Ciudadano.
Publíquese, regístrese, notifíquese a las partes y déjese copia de la presente decisión.
EL JUEZ QUINTO DE CONTROL
DR. PEDRO J. NATERA P.
LA SECRETARIA
ABG. MARIZAI ROJAS
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.
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