Hecho el computo de la pena, es la forma descrita, en consecuencia, SE ACUERDA: Oficiar a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia a fin de solicitar la certificación de antecedentes del penado; al Consejo Nacional Electoral; a la Dirección de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio del Interior y Justicia; a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio del Interior y Justicia; a la Dirección de Prisiones y Sanciones Penales del Ministerio del Interior y Justicia; a la Oficina de Coordinación Regional de Tratamiento No Institucional con sede en el Área Metropolitana de Caracas a fin de solicitar la realización de un informe psico-social al penado; notifíquese al Fiscal del Ministerio Publico con Competencia Plena en Materia de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda y a su defensor público; Notifíquese al Internado Judicial de Los Teques, donde se acuerda mantener al pe.....