Por todos los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN VALLES DEL TUY, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley ACUERDA CONMUTAR por CONFINAMIENTO, a PEDRO JOSÉ NEGIN MORENO, titular de la cédula de identidad número 14.610.295, conforme a lo establecido en los artículos 20 y 53 del Código Penal, por consiguiente, conforme a lo que establece el artículo 53 del Código Penal, a los fines de darle cumplimiento a la norma up-supra, se le CONMUTA por CONFINAMIENTO por un tiempo igual al que resta de la Pena Principal, es decir UN (01) AÑO Y TRECE (13) DÍAS, con aumento de una tercera (1/3) parte, es decir CUATRO (04) MESES y CUATRO (04) DÍAS, se Conmuta la Pena por UN (01) AÑO, CUATRO (04) MESES y DIECISIETE (17) DIAS, contados a partir del momento de su egreso, teniendo como fecha de cumplimiento definitivo de la pena principal el VEINTIDOS (22.....