Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCION N° 1 , DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSION VALLES DEL TUY, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: REVOCA EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO, otorgado por este Tribunal en fecha: Veintiuno (21) de Diciembre 2006, al penado, ciudadano: MANUEL ENRIQUE MENDOZA TIRADO, venezolano, titular de la cedula de identidad N° v- 13.127.662, de 26 años de edad, natural de Caracas, Distrito Capital, profesión u oficio: albañil, estado civil: soltero, nacido el 05-04-1977, hijo de Ligia Mercedes Tirado (v) y de Manuel Enrique Mendoza (f) , residenciado Charallave, sector las Brisas, zona 5, calle La Esperanza, casa N° 26, estado Miranda, de conformidad con lo establecido en el artículo 511 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: En virtud de la REVOCATORIA del BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE .....