declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado en ejercicio GUSTAVO ADOLFO CASTILLO FRANQUIZ, actuando en su condición de apoderado judicial de la ciudadana MARÍA LUISA BOLAÑO, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda en fecha 22 de junio de 2015; y CONFIRMA bajo las consideraciones expuestas en el presente fallo la referida decisión, a través de la cual se declaró SIN LUGAR la demanda que por DAÑOS Y PERJUICIOS MORALES incoara la prenombrada contra el ciudadano ARMANDO ROSSIT DE MARCO, todos ampliamente identificados en autos.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante
Remítase el presente expediente a su Tribunal de origen, esto es, al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Déjese c.....