V
DISPOSITIVA.
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de que el tribunal cognoscitivo fije por auto expreso la oportunidad para la designación de nuevos expertos, previa notificación de las partes a la recepción de la presente causa, de conformidad con el articulo 451 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, quienes deberán presentar el informe técnico correspondiente bajo el objetivo previsto en el artículo 715 eiusdem; en consecuencia, se revoca en todas y cada una de sus partes la sentencia proferida por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, en fecha 24 de septiembre de 2015, y por consiguiente, se ANULAN todas las actuaciones procesales posteriores al acto.....