ordena la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de admisión de la demanda, a los fines de que se sea llamada al juicio la ciudadana MELISSA ABIGAHIL DOS SANTOS RODRÍGUEZ, para que forme parte de la relación jurídico procesal como codemandada, y posteriormente se practique la citación de la prenombrada a los fines de que conteste la demanda, todo ello con el propósito de integrar debidamente el litisconsorcio pasivo necesario y con el fin de ordenar el proceso y procurar el equilibrio de las partes en el mismo; quedando en consecuencia NULAS todas las actuaciones practicadas con posterioridad al auto de admisión de la demanda proferido por el Tribunal de la causa en fecha 22 de octubre de 2013 (inclusive).
Dada la naturaleza de la decisión no hay condenatoria en costas
Se ordena la remisión del presente expediente junto con oficio en su debida oportunidad legal, al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con .....