V
DISPOSITIVA.
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio CARLOS CESAR MORENO BETHERMINT, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadana MARY FLOR BUENO, contra el auto de admisión de pruebas dictado en fecha 10 de agosto de 2016, por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor del Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del estado Miranda; motivo por el cual se MODIFICA dicha decisión conforme a los razonamientos expuestos en la presente sentencia, quedando por vía de consecuencia admitidas las documentales promovidas por la parte demandada las cuales fueron identificadas con las letras "C", "D", "E", "F.....