PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado Guillermo Antonio Izaguirre Pérez, apoderado judicial de la parte demandante, contra el auto dictado en fecha 17 de julio de 2009 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
SEGUNDO: SE REVOCA PARCIALMENTE el auto de fecha 17 de julio de 2009, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
TERCERO: ADMISIBLES las Inspecciones Judiciales promovidas por el abogado Guillermo Antonio Izaguirre Pérez en fecha 08 de julio de 2009, a ser practicadas en las Oficinas de La Asociación Civil Río Cristal y en la sede del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda e INADMISIBLES las inspecciones judicia.....