Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR la INHIBICIÓN planteada en fecha 12 de mayo de 2021, por la abogada ELSY MADRIZ QUIROZ, actuando en su condición de jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, con respecto al juicio que por NULIDAD DE CONTRATO intentara el ciudadano ALEJANDRO JOSÉ DE ARMAS contra las ciudadanas LISBI ANTONIA WAGNER PADRÓN y ODALIS CAROLINA ÁLVAREZ DÍAZ, tramitado en el expediente signado con el No. 31.433 (según nomenclatura interna de ese despacho).