...se declara: PRIMERO: COMPETENTE EN RAZÓN DE LA MATERIA para tramitar y decidir el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por entidad laboral SERVICIOS DE PERSONAL LA ARENISCA, C.A. contra el acto Administrativo signado con el Nº. 0343-10, de fecha 05 de mayo de 2010, emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del Estado Miranda del Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laborales, de acuerdo a los criterios jurisprudenciales esbozados. SEGUNDO INCOMPETENTE EN RAZÓN DEL TERRITORIO, para tramitar y decidir el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la entidad laboral SERVICIOS DE PERSONAL LA ARENISCA, C.A. contra el acto Administrativo signado con el Nº. 0343-10, de fecha 05 de mayo de 2010, emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del Estado Miranda del Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laborales, cuya Circunscripción Judicial corresponde a los Tribunales Superiores del Tr.....