Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Se declara DESISTIDO el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada JOSETTE MAGGIE GÓMEZ HENRIQUEZ, inscrita en el ipsa bajo el Nº 117.564, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada la entidad de trabajo METRO LOS TEQUES, C.A., en contra de la decisión de fecha 05 de Octubre de 2017, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, en vista de su incomparecencia como parte demandada apelante, de conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión de fecha 05 de Octubre de 2017, dictada por el .....