... SIN LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana MARÍA DOLORES RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N°.4.728.400, actuando en su carácter Directora Gerente asistida de la abogada ANA LÓPEZ GIL inscrita en el inpreabogado bajo el N°.22.962 contra el auto de fecha 29 de septiembre de 2011, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en Los Teques.-.SEGUNDO: SE DECLARA el impedimento legal para los jueces de sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en cuanto a pronunciarse sobre la materia del control de la legalidad previsto en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: SE CONFIRMA la decisión de fecha 29 de septiembre de 2011, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en Los Teque.....