... PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte actora abogado MANUEL ALEJANDRO FUENTES, contra la sentencia de fecha 21 de Octubre de 2.009, dictada por el Juzgado Segundo de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, SEGUNDO: VISTA la incomparecencia de la parte demandada a la Audiencia de Apelación de fecha 18 de noviembre de 2.009, en consecuencia se declara EL DESISTIMIENTO DE LA APELACIÓN . -TERCERO: SE MODIFICA el fallo de fecha 21 de Octubre de 2.009, dictado por el Juzgado Segundo de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, en cuanto a la aplicación de la Convención Colectiva para la determinación de todos los derechos laborales, considerando procedente la existencia del salario de eficacia atípica, acordado por las partes, siendo que se realizarán todos los cálculos de los derechos condenados a pagar.. CUARTO: PARCIALMENTE CON .....