En consecuencia, se suspenden las medidas cautelares innominadas decretadas en este juicio en fecha 20 de julio del año en curso, que consistieron en:
1. PROHIBICION DE REGISTRAR EL EVENTUAL DOCUMENTO DE PARCELAMIENTO DE LA DENOMINADA TERCERA ETAPA, DEL CONJUNTO RESIDENCIAL VILLA ÁVILA, que se construye por cuenta de la demandada sobre el inmueble propiedad de la empresa PROMOTORA VILLA ÁVILA, 2.006, C. A. ...mientras se decide la presente acción.
2. PROHIBICION a la demandada PROMOTORA T. P., 222, C. A., o a cualquier tercero que labore por cuenta de ésta en la construcción de la denominada Tercera Etapa, del uso de la vialidad de la Primera Etapa del Conjunto Residencial Villa Ávila, para el paso de maquinaria pesada y camiones, mientras se decide la presente acción.