Por todo los razonamientos anteriormente expuesto este Juzgado del Municipio Cristóbal Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Charallave, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte su aprobación a la TRANSACCION celebrada entre las partes en fecha 24-01-2004, y la HOMOLOGA en los términos allí establecidos, dándole carácter de Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 255 en concordancia con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.