Declara: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio, intentada por los ciudadanos RAMON JOSE LOZADA VASQUEZ Y LESVIA ANNEDIS DAZA DE LOZADA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de Identidad N° V-3.953.186 y V-4.258.132, respectivamente., fundamentada en el artículo 185-A, del Código Civil, y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que los unió.