En consideración a los razonamientos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, actuando en sede constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: ADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos LUIS ERNESTO MACHADO SERRANO, JOSE LEONARDO CASTILLO DUARTE, JOYGER MARTINEZ RODRIGUEZ y JUVENAL DE LA CRUZ LLOVERA, titulares de la cedula de identidad Nº V- 10.692.789, V- 14.989.239, V- 14.868.406 y V- 10.093.339, respectivamente, en contra de la Entidad de Trabajo PEPSI COLA VENEZUELA, C.A SEGUNDO: CON LUGAR la acción de amparo sobre derechos y garantías constitucionales propuesta por el abogado CARLOS MENDOZA inscrito en el INPREABOGADO Nº 116.906 en representación de los trabajadores LUIS ERNESTO MACHADO SERRANO, JOSE LEONARDO CASTILLO DUARTE, JOYGER MARTINEZ RODRIGUEZ .....