Bajo este hilo argumentativo de orden legal y jurisprudencial, con fundamento al análisis de marras realizado por este Jurisdicente, y visto que el caso sub examine versa sobre la solicitud de Amparo Cautelar de suspensión de efectos del Acto Administrativo identificado MESA CONCILIATORIA Nº 017-2017-MC-, de fecha 25/05/2017, contenida en el Expediente Administrativo Nº 017-2017-MC-00018, dictada por la Inspectoría del Trabajo en Los Valles del Tuy del Estado Bolivariano de Miranda, de cuyo contenido se desprende que se declaró "AJUSTAR LOS SALARIOS DE CONFORMIDAD CON LA CLAUSULA Nº 36 DE LA CONVENCIÓN COLECTIVA DE TRABAJO VIGENTE" (...); en ese sentido, visto que la parte Recurrente como se indicó supra, solicita el amparo cautelar sustentado sobre la base del mismo argumento o denuncia en los cuales se fundamenta el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, mal podría quien aquí decide pronunciarse sobre lo delatado por la Recurrente en su escrito recursivo, lo cual fue emplead.....