DISPOSITIVA
En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE LOS VALLES DEL TUY, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA. CON SEDE EN LA CIUDAD DE CHARALLAVE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano HENRY ALBERTO DELGADO, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.155.871. Segundo: Se condena a la accionada Sociedad Mercantil SOLECTRA, C.A., a pagar al actor la cantidad de CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO BOLIVARES CON 45/100 CTMS (Bs.4.325,45), por Diferencia de Prestaciones Sociales, en relación a los conceptos demandados, es decir, Prestación de Antigüedad, Vacaciones Vencidas, Vacaciones Fraccionadas, Utilidades vencidas, Utilidades Fraccionadas e Indemnización d.....