DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por el ciudadano RIVERO ARQUIMEDES, titular de la cédula de identidad número V- 6.441.778, en contra de la sociedad mercantil AUTO INVERSIONES AMONGRO, C.A. inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el número 69, tomo 70-A-Cto, en fecha doce (12) de mayo de dos mil nueve (2009) SEGUNDO: Se condena a la empresa demandada AUTO INVERSIONES AMONGRO, C.A. al pago de la cantidad de CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO BOLIVARES CON OCHENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 51.874,85), más el monto corre.....