DISPOSITIVA
En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; éste, JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LOS VALLES DEL TUY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LA CIUDAD DE CHARALLAVE administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara, CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano RAFAEL ANTONIO ESCALONA NAVAS, titular de la cedula de identidad V- 5.424.926, en contra de la sociedad mercantil COMERCIALIZADORA DE METALES LAS SIETE POTENCIAS C.A., por concepto de cobro de Cobro de de Prestaciones Sociales, en consecuencia:
Primero: Se CONDENA a la demandada la sociedad mercantil COMERCIALIZADORA DE METALES LAS SIETE POTENCIAS C.A., a pagar al ciudadano RAFAEL ANTONIO ESCALONA NAVAS los siguientes conceptos: prestación de antigüedad, utilida.....