DISPOSITIVA
En base a todas las consideraciones y razonamientos de hecho y de derecho, ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA INTENTADA, por el ciudadano, ADAN JOSE RENGIFO LINARES, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.399.323, en consecuencia:
Primero: Se CONDENA a la parte demandada a pagar al ciudadano ADAN JOSÉ RENGIFO LINARES los siguientes conceptos: prestación de antigüedad, vacaciones vencidas, bono vacacional vencido, utilidades vencidas, 24 domingos laborados, intereses sobre prestación de antigüedad e intereses moratorios.
Segundo: Se condena a la accionada a pagar al actor la cantidad de NUEVE MIL OCHENTA Y OCHO BOLÍVARES CON VEINTISIETE CENTIMOS (Bs. 9.088,27) correspondiente a los montos y conce.....