Este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la demanda de ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA interpuesta por la ciudadana NELCY YADIRA CASTILLO GOMEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 15.092.299.