Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Ocumare del Tuy, declara: 1) CON LUGAR la solicitud de Conversión en Divorcio de los cónyuges ANYORDO JOSE MIRATIA CAMPOS y REBECA RAQUEL SOLORZANO LIENDO. 2) DISUELTO, el vínculo conyugal que los une en virtud del matrimonio por ellos celebrado el día trece (13) de enero del 2.006, por ante la primera autoridad del Municipio Urdaneta del Estado Miranda.