...DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos: AURISTELA QUIROZ DE ARGUINZONES Y SIMON TITO ARGUINZONES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.413.915 Y V-6.406.128, respectivamente, y en consecuencia, declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los une, en virtud del matrimonio civil por ellos celebrado por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Cúa, Municipio Urdaneta ¿ Estado Miranda, según consta del Acta de Matrimonio anexa, que quedó asentada con el Acta Nº 62, folio Nº 107, Libro Original Tomo 1, marcada como anexo "A", en fecha 11 de Abril de 1980, en el libro de Registro de Matrimonios llevado por ese Despacho durante el año 1980.-