...En virtud de los planteamientos antes expuestos, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la falta de cualidad e interés de la abogada GAYLE YELITZA RODRÍGUEZ MARCHENA para intentar la presente acción de resolución de contrato, opuesta por el abogado ORENCIO GABRIEL BRICEÑO LEVERON, en representación de la ciudadana BERTA LUCÍA QUINTERO DE LA TORRE
SEGUNDO: En virtud de la anterior decisión se declara SIN LUGAR, la demanda de resolución de contrato con fundamento en los artículos 1.159, 1.160, 1.167 y 1.592 del Código Civil Venezolano.
De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil se condena en costas a la parte actora por resultar completamente vencida.
Publíquese y Regístrese
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Los Salias de la Circunscripc.....