.... En este estado este Juzgado vista la anterior solicitud de la Apoderada Judicial de la parte actora, acuerda de conformidad con lo solicitado en cuanto al depósito necesario de los bienes muebles embargados preventivamente, todo de conformidad al Artículo 11 de la Ley sobre Deposito Judicial, quedando los mismos bajo la custodia y responsabilidad del ciudadano Juan Antonio Montesano Di Guida, en cuya posesión se encontraban los bienes al momento de la práctica de la presente medida, en su carácter de vice-presidente de la Sociedad de Comercio Construcciones y Equipos Inequip C.A., quien los recibe conforme y se compromete a cuidarlos como un buen padre de familia, quedando la Depositaria Judicial designada, en la persona de su representante legal ciudadano Gregory Bermudez Pérez con las directrices que se cumpla con el mandato. En cuanto a la solicitud de que se sub-comisione al Juzgado distribuidor de Medidas de turno del Área Metropolitana de Caracas este Juzgado ordena proveer .....