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viernes, 28 de agosto de 2015
RESOLUCIÓN N° 25-15.- NO DESPACHO EN EL CIRCUITO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN CHARALLAVE.




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

COORDINACION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE



RESOLUCION Nº 25-15



La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, presidida por la Dra. Tania Rivas Sojo, Jueza designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en sesión de fecha 17/06/2013, oficio Nro. CJ-13-1978, en uso de sus facultades dicta la presente Resolución para informar a todos los abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:

CONSIDERANDO



Que el Concejo Municipal Bolivariano del Municipio Cristóbal Rojas del Estado Bolivariano de Miranda, mediante Decreto número HM-020-2015 publicado en Gaceta Municipal en su punto tercero, dispone lo siguiente:

“Declarar el día lunes treinta y uno (31) de agosto de 2015, como día de JUBILO NO LABORABLE, en toda la jurisdicción del Municipio Cristóbal Rojas de conformidad a lo establecido en el literal D del artículo 184 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y trabajadoras vigente”.



CONSIDERANDO

Que el día Martes Primero (1ero) de Septiembre del año 2015, es el día de la creación de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, siendo un día NO LABORABLE, según el Calendario Judicial.



RESUELVE

Declarar días NO LABORABLES, en este Circuito Judicial del Trabajo de Los Valles del Tuy con sede en Charallave, los días Lunes Treinta y Uno (31) de Agosto y Martes Primero (1ero) de Septiembre del año 2015, reanudándose las actividades en este Circuito Judicial el día Miércoles Dos (02) de Septiembre del presente año.

Se ordena publicar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.

Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave a los veintiocho (28) días del mes de Agosto del año Dos Mil Quince (2015).CUMPLASE.







Dra. TANIA RIVAS SOJO

JUEZA COORDINADORA LABORAL



 




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

COORDINACION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE



RESOLUCION Nº 25-15



La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, presidida por la Dra. Tania Rivas Sojo, Jueza designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en sesión de fecha 17/06/2013, oficio Nro. CJ-13-1978, en uso de sus facultades dicta la presente Resolución para informar a todos los abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:

CONSIDERANDO



Que el Concejo Municipal Bolivariano del Municipio Cristóbal Rojas del Estado Bolivariano de Miranda, mediante Decreto número HM-020-2015 publicado en Gaceta Municipal en su punto tercero, dispone lo siguiente:

“Declarar el día lunes treinta y uno (31) de agosto de 2015, como día de JUBILO NO LABORABLE, en toda la jurisdicción del Municipio Cristóbal Rojas de conformidad a lo establecido en el literal D del artículo 184 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y trabajadoras vigente”.



CONSIDERANDO

Que el día Martes Primero (1ero) de Septiembre del año 2015, es el día de la creación de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, siendo un día NO LABORABLE, según el Calendario Judicial.



RESUELVE

Declarar días NO LABORABLES, en este Circuito Judicial del Trabajo de Los Valles del Tuy con sede en Charallave, los días Lunes Treinta y Uno (31) de Agosto y Martes Primero (1ero) de Septiembre del año 2015, reanudándose las actividades en este Circuito Judicial el día Miércoles Dos (02) de Septiembre del presente año.

Se ordena publicar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.

Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave a los veintiocho (28) días del mes de Agosto del año Dos Mil Quince (2015).CUMPLASE.







Dra. TANIA RIVAS SOJO

JUEZA COORDINADORA LABORAL



 
Autor:
  COORDINACIÓN DEL TRABAJO EN LOS VALLES DEL TUY.
 
Fecha de Publicación:
  28/08/2015
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