Ir a Principal
Institucionales
Noticias
Eventos
Servicios
Directorio
Enlaces
Gestión Judicial
Gestión
Audiencias
Gestión Detallada
Decisiones
Ultimas Decisiones
Por Fecha
Múltiples Criterios
Por Tribunal
Jurisprudencia
Por Fecha
Indice Temático
Múltiples Criterios
Audiencias
Foros
miércoles, 21 de octubre de 2015
RESOLUCIÓN N° 30-15.- NO DESPACHO EN EL TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN CHARALLAVE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCIÓN No 30-15
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, presidida por el Dr. Adolfo Hamdan González, (Juez Encargado) de conformidad con el Acta de Entrega Nro. 28-15, de fecha 25/09/2015, emanada de esta Coordinación Laboral Regional, por el uso de sus facultades dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que el DR. JOSÉ GREGORIO ESPAÑA GAMBOA, Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, no acudirá a su puesto de trabajo, el día Jueves Veintidós (22) de Octubre de 2015, por cuanto asistirá a consulta médica.
RESUELVE
NO DAR DESPACHO en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, en fecha Jueves Veintidós (22) de Octubre de 2015, en consecuencia, no correrán los lapsos procesales durante dicho día.
Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.
Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Veintiún (21) días del mes de Octubre del año Dos Mil Quince (2015). CUMPLASE.
DR. ADOLFO HAMDAN GONZALEZ.
JUEZ COORDINADOR LABORAL (E)
AHG/ldb.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCIÓN No 30-15
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, presidida por el Dr. Adolfo Hamdan González, (Juez Encargado) de conformidad con el Acta de Entrega Nro. 28-15, de fecha 25/09/2015, emanada de esta Coordinación Laboral Regional, por el uso de sus facultades dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que el DR. JOSÉ GREGORIO ESPAÑA GAMBOA, Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, no acudirá a su puesto de trabajo, el día Jueves Veintidós (22) de Octubre de 2015, por cuanto asistirá a consulta médica.
RESUELVE
NO DAR DESPACHO en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, en fecha Jueves Veintidós (22) de Octubre de 2015, en consecuencia, no correrán los lapsos procesales durante dicho día.
Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.
Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Veintiún (21) días del mes de Octubre del año Dos Mil Quince (2015). CUMPLASE.
DR. ADOLFO HAMDAN GONZALEZ.
JUEZ COORDINADOR LABORAL (E)
AHG/ldb.-
Autor:
COORDINACIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Fecha de Publicación:
21/10/2015
Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados