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miércoles, 16 de marzo de 2016
RESOLUCION N° 002-2016
PRIMERO: NO DAR DESPACHO en el Juzgado Superior Primero del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y sede, durante los días jueves 17 y 18 de marzo del año en curso, con motivo de la asistencia del Juez superior del Trabajo, como Juez Rector Civil del Estado Bolivariano de Miranda, a las Jornadas XIL “J.M. Domínguez Escovar” sobre la “Necesaria Reforma del Código de Procedimiento Civil, atendiendo la invitación que me hiciera la Presidencia de la Sala de Casación Civil, conjuntamente con la Rectoría Civil de la Circunscripción judicial del Estado Lara a través del Instituto de estudios Jurídicos a celebrarse en la Ciudad de Barquisimeto Estado Lara.-
SEGUNDO: Asimismo se les informa a los usuarios que las audiencias programadas para celebrarse durante estos días en este Juzgado serán reprogramadas.
TERCERO Con el fin de dar la mayor información posible, se ordena la publicación de la presente Resolución en la Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda, así como la colocación de la presente Resolución en la cartelera del Tribunal.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO Y COORDINACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA LOS TEQUES
205° Y 157°
RESOLUCION N° 002-2016
La Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques, en uso de las atribuciones conferidas mediante la Resolución de Sala Plena Nro. 1475 de fecha 03 de Octubre de 2003, dicta la presente Resolución para hacer del conocimiento a todos los abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:
CONSIDERANDO
Por cuanto durante los días 17 y 18 de marzo de dos mil dieciséis (2016), asistiré como Juez Rector Civil del Estado Bolivariano de Miranda, a las Jornadas XIL “J.M. Domínguez Escovar” sobre la “Necesaria Reforma del Código de Procedimiento Civil, atendiendo la invitación que me hiciera la Presidencia de la Sala de Casación Civil, conjuntamente con la Rectoría Civil de la Circunscripción judicial del Estado Lara a través del Instituto de estudios Jurídicos a celebrarse en la Ciudad de Barquisimeto Estado Lara .- no pudiendo hacer acto de presencia en la sede del Juzgado bajo mi regencia, tal como lo indica la norma contenida con el Artículo 31 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. En consecuencia esta coordinación:
CONSIDERANDO
Que es deber ineludible de todo operador de Justicia Garantizar y mantener al Justiciable su derecho de ser informado y de acceso a los órganos de Justicia, así como también a observar el debido proceso y al derecho a la defensa de conformidad con lo estatuido en los artículos 29 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
PRIMERO: NO DAR DESPACHO en el Juzgado Superior Primero del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y sede, durante los días jueves 17 y 18 de marzo del año en curso, con motivo de la asistencia del Juez superior del Trabajo, como Juez Rector Civil del Estado Bolivariano de Miranda, a las Jornadas XIL “J.M. Domínguez Escovar” sobre la “Necesaria Reforma del Código de Procedimiento Civil, atendiendo la invitación que me hiciera la Presidencia de la Sala de Casación Civil, conjuntamente con la Rectoría Civil de la Circunscripción judicial del Estado Lara a través del Instituto de estudios Jurídicos a celebrarse en la Ciudad de Barquisimeto Estado Lara.-
SEGUNDO: Asimismo se les informa a los usuarios que las audiencias programadas para celebrarse durante estos días en este Juzgado serán reprogramadas.
TERCERO Con el fin de dar la mayor información posible, se ordena la publicación de la presente Resolución en la Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda, así como la colocación de la presente Resolución en la cartelera del Tribunal.
Dado, firmado y sellado en la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, a los dieciséis (16) días del Mes de Marzo del año dos mil dieciséis (2016). Años: 205° de la Independencia y 157° de la Federación.
DR. ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
JUEZ COORDINADOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA LOS TEQUES.
AHG/abt
Autor:
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO Y COORDINACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA LOS TEQUES
Fecha de Publicación:
16/03/2016
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