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miércoles, 16 de marzo de 2016
RESOLUCIÓN NRO. 003-2016
PRIMERO. Que los Tribunales que integran esta Circuito Judicial del Trabajo, NO DESPACHARAN, declarándose inhábil a los efectos de los lapsos procesales los días Lunes 21, Martes 22 y Miércoles 23 de Marzo del corriente año, de conformidad con lo previsto en el Nro 2276, dictado por el Ejecutivo Nacional, publicada en la Gaceta Oficial Nro. 40868, de fecha lunes 14 de marzo de 2016
SEGUNDO: Se ordena la publicación de la presente Resolución en la Cartelera del Circuito y Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
LOS TEQUES
RESOLUCIÓN NRO. 003-2016
La Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques, en uso de las atribuciones conferidas mediante la Resolución de Sala Plena Nro. 1475 de fecha 03 de Octubre de 2003, dicta la presente Resolución para hacer del conocimiento a todos los abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:
CONSIDERANDO
De acuerdo a decreto Nro 2276 Artículo 1°, dictado por el Ejecutivo Nacional, publicada en la Gaceta Oficial Nro. 40868, de fecha Lunes 14 de Marzo de 2016, acordó conceder, los días 21, 22 y 23 de marzo del corriente año, como días no laborables, otorgándole efecto de carácter feriado, a los efectos de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y trabajadoras por cuanto en la actualidad el País esta siendo afectado por un conjunto de Circunstancias de origen natural que ha incidido negativamente en los niveles de las cuencas hidrográficas, provocando la disminución del aporte de agua a los embalses destinados a la generación eléctrica, trayendo como consecuencia la disminución del aporte de electricidad al sistema eléctrico nacional, siendo un deber tanto del Estado como de los ciudadanos tomar las medidas necesarias para incrementar el Ahorro de Electricidad con el fin de coadyuvar en la prestación continua confiable y segura del servicio publico de Energía Eléctrica; medidas extraordinarias de orden económico que el Ejecutivo Nacional está obligado a tomar, en el marco de la declaratoria de emergencia económica que ha efectuado para proteger al pueblo Venezolano.
CONSIDERANDO
Que es deber ineludible de todo operador de Justicia garantizar a los justiciables el derecho de acceso a los órganos de Justicia, el derecho a la defensa y el debido proceso, consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en consecuencia esta Coordinación:
RESUELVE
PRIMERO. Que los Tribunales que integran esta Circuito Judicial del Trabajo, NO DESPACHARAN, declarándose inhábil a los efectos de los lapsos procesales los días Lunes 21, Martes 22 y Miércoles 23 de Marzo del corriente año, de conformidad con lo previsto en el Nro 2276, dictado por el Ejecutivo Nacional, publicada en la Gaceta Oficial Nro. 40868, de fecha lunes 14 de marzo de 2016
SEGUNDO: Se ordena la publicación de la presente Resolución en la Cartelera del Circuito y Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda
Dado, firmado y sellado en la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, a los dieciséis (16) días del mes de Marzo del año dos mil dieciséis (2016). Años: 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
DR. ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
JUEZ COORDINADOR DEL TRABAJO LOS TEQUES
Autor:
COORDINACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA LOS TEQUES
Fecha de Publicación:
16/03/2016
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