Ir a Principal
Institucionales
Noticias
Eventos
Servicios
Directorio
Enlaces
Gestión Judicial
Gestión
Audiencias
Gestión Detallada
Decisiones
Ultimas Decisiones
Por Fecha
Múltiples Criterios
Por Tribunal
Jurisprudencia
Por Fecha
Indice Temático
Múltiples Criterios
Audiencias
Foros
jueves, 17 de marzo de 2016
RESOLUCION 004-2016
21, 22 Y 23 DE MARZO DE 2016 DIAS FERIADOS SEGUN DECRETO PRESIDENCIAL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
RECTORÍA CIVIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
RESOLUCIÓN N° 004-2016
La Rectoría Civil de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques, a cargo del DR. ADOLFO HAMDAN GONZÁLEZ, en su condición de Juez Rector Civil, designado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en reunión de fecha 27 de mayo de 2013, mediante oficio N° CJ-13-1937, en cumplimiento a lo dispuesto en la Gaceta Oficial 310.904, Resolución N° 521 de fecha 24 de septiembre de 1999, donde establece la competencia de los Jueces Rectores Civiles de cada Circunscripción Judicial, informa a todos los abogados, usuarios y público en general, lo siguiente:
CONSIDERANDO
En atención al contenido del Decreto Presidencial N° 2.276 de fecha 14 de marzo de 2016, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.868, en los términos definidos en el artículo 1 mediante el cual se declaran no laborables los días 21, 22 y 23 de marzo de 2016, y por tanto, considerados como feriados a los efectos de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. La declaratoria de días feriados señalada en el referido artículo, es aplicable tanto al sector público como al sector privado, en consecuencia queda también incluido el Poder Judicial.
CONSIDERANDO
En virtud de los lineamientos de la Comisión de Implementación de Circuitos Civiles, a los fines de preservar los Derechos y Garantías de los ciudadanos, se requiere establecer un Rol de Guardias correspondiente a cada Circunscripción Judicial.
RESUELVE
PRIMERO: Que los días lunes 21, martes 22 y miércoles 23 de marzo de 2016, NO DESPACHARÁN ni tendrán actividad jurisdiccional los Tribunales Civiles y Mercantiles que integran la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda. En tal forma, no correrán los lapsos procesales ni se tramitará ningún procedimiento, a excepción de la materia de Amparo Constitucional; todo ello con la finalidad de dar fiel cumplimiento al aludido Decreto del Ejecutivo Nacional.
SEGUNDO: A los fines de mantener el acceso a la justicia, se establece Rol de Guardia en atención a los justiciables, por lo tanto permanecerá de guardia con Competencia de Responsabilidad Penal de Adolescentes durante los días 21, 22 y 23 de marzo de dos mil dieciséis (2016), el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta a cargo del DR. RICHARS MATA, que integra la región de los Valles del Tuy de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda.
TERCERO: Los Juzgados que permanecerán de guardia a disposición en materia Civil y Mercantil, durante los días 21, 22 y 23 de marzo de dos mil dieciséis (2016), son los siguientes:
• Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda cargo de la DRA. ELSY MADRIZ QUIROZ;
• Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, a cargo del DR. AFGDOULLE AGRINZONES.
• Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, a cargo de la DRA. JOANNY CARREÑO;
CUARTO: Se ordena la publicación de la presente Resolución en la Cartelera de la Rectoría Civil de la ciudad de Los Teques, así como en la página web del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda. Asimismo, se remite la presente resolución todos los Juzgados de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda vía correo electrónico, en esta misma fecha.
Dado, firmado y sellado en la Rectoría Civil de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, a los diecisiete (17) días
Autor:
RECTORIA CIVIL DEL ESTADO MIRANDA
Fecha de Publicación:
17/03/2016
Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados