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jueves, 07 de abril de 2016
RESOLUCIÓN NRO. 008-2016
RESUELVE
PRIMERO. Que los Tribunales que integran esta Circuito Judicial del Trabajo, NO DESPACHARAN, los días Viernes a partir del día ocho (08) de Abril del corriente año, MIENTRAS PERSISTAN LOS EFECTOS DEL FENÓMENO CLIMÁTICO "EL NIÑO" SOBRE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA SIMÓN BOLÍVAR, de acuerdo al Decreto Nro. 12, dictado por el Ejecutivo Nacional (Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela) con fecha 06 de Abril, publicado en Gaceta Oficial 40.880 artículo 4 de fecha 07 de Abril, declarándose día inhábil a los efectos de los lapsos procesales.-
SEGUNDO: Se ordena la publicación de la presente Resolución en la Cartelera del Circuito y Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
LOS TEQUES
RESOLUCIÓN NRO. 008-2016
La Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques, en uso de las atribuciones conferidas mediante la Resolución de Sala Plena Nro. 1475 de fecha 03 de Octubre de 2003, dicta la presente Resolución para hacer del conocimiento a todos los abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:
CONSIDERANDO
De acuerdo a Gaceta Oficial 40.880 artículo 4, publicado en fecha 07 de Abril, según decreto Nro. 2294, con fecha 06 de Abril, mediante el cual el Ejecutivo Nacional (Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela) dicto Decreto Nro. 12, conforme al cual declaran los días viernes No Laborables, aplicable sólo al sector público, a partir del día viernes 08 de abril de 2016, y hasta tanto cesen los efectos del fenómeno El Niño sobre los niveles de disponibilidad del volumen de agua almacenada en la Represa de Gurí, que sirve a la Central Hidroeléctrica Simón Bolívar, en el estado Bolívar, se regularice la capacidad de generación de energía eléctrica por dicha central y se disipen los riesgos de ser afectada la prestación oportuna y eficiente del servicio eléctrico en todo el territorio nacional.
CONSIDERANDO
Que es necesario adoptar medidas urgentes de ahorro eléctrico que permitan racionalizar el uso del agua disponible, en, la represa de Guri y evitar riesgos a la infraestructura eléctrica, pero evitando afectar a las familias venezolanas, sus actividades cotidianas y su calidad de vida,
CONSIDERANDO
Que es deber ineludible de todo operador de Justicia garantizar a los justiciables el derecho de acceso a los órganos de Justicia, el derecho a la defensa y el debido proceso, consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en consecuencia esta Coordinación:
RESUELVE
PRIMERO. Que los Tribunales que integran esta Circuito Judicial del Trabajo, NO DESPACHARAN, los días Viernes a partir del día ocho (08) de Abril del corriente año, MIENTRAS PERSISTAN LOS EFECTOS DEL FENÓMENO CLIMÁTICO "EL NIÑO" SOBRE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA SIMÓN BOLÍVAR, de acuerdo al Decreto Nro. 12, dictado por el Ejecutivo Nacional (Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela) con fecha 06 de Abril, publicado en Gaceta Oficial 40.880 artículo 4 de fecha 07 de Abril, declarándose día inhábil a los efectos de los lapsos procesales.-
SEGUNDO: Se ordena la publicación de la presente Resolución en la Cartelera del Circuito y Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda
Dado, firmado y sellado en la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, a los siete (07) días del mes de Abril del año dos mil dieciséis (2016). Años: 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
DR. ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
JUEZ COORDINADOR DEL TRABAJO LOS TEQUES
Autor:
COORDINACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA LOS TEQUES
Fecha de Publicación:
07/04/2016
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