Ir a Principal
Institucionales
Noticias
Eventos
Servicios
Directorio
Enlaces
Gestión Judicial
Gestión
Audiencias
Gestión Detallada
Decisiones
Ultimas Decisiones
Por Fecha
Múltiples Criterios
Por Tribunal
Jurisprudencia
Por Fecha
Indice Temático
Múltiples Criterios
Audiencias
Foros
martes, 05 de abril de 2016
RESOLUCIÓN N° 10-16.- NO DESPACHO EN EL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN CHARALLAVE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCION No 10-16
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que a la Dra. TANIA RIVAS SOJO, Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia de JUICIO del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, le fue otorgado reposo médico desde la presente fecha (Martes Cinco (05) de Abril de 2016) hasta el Lunes Once (11) de Abril de 2016, ambas fechas inclusive, motivado a que en horas de la mañana, la mencionada Jueza llegando a su lugar de trabajo, sufrió una caída por las escaleras que conducen a la entrada del Circuito Judicial, la cual le ocasionó politraumatismos generalizados y esguince de tobillo derecho 2º; dicha caída fue producto de la falla eléctrica presentada durante las horas de apertura del despacho.
RESUELVE
NO DAR DESPACHO en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, durante el periodo comprendido desde el Miércoles seis (06) de abril de 2016 al Lunes Once (11) de abril de 2016, ambas fechas inclusive, en consecuencia no correrán los lapsos procesales durante dicho periodo.
Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.
Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Cinco (05) días del Abril de dos mil dieciséis (2016). CUMPLASE.
DRA. TANIA RIVAS SOJO
JUEZA COORDINADORA LABORAL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCION No 10-16
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que a la Dra. TANIA RIVAS SOJO, Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia de JUICIO del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, le fue otorgado reposo médico desde la presente fecha (Martes Cinco (05) de Abril de 2016) hasta el Lunes Once (11) de Abril de 2016, ambas fechas inclusive, motivado a que en horas de la mañana, la mencionada Jueza llegando a su lugar de trabajo, sufrió una caída por las escaleras que conducen a la entrada del Circuito Judicial, la cual le ocasionó politraumatismos generalizados y esguince de tobillo derecho 2º; dicha caída fue producto de la falla eléctrica presentada durante las horas de apertura del despacho.
RESUELVE
NO DAR DESPACHO en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, durante el periodo comprendido desde el Miércoles seis (06) de abril de 2016 al Lunes Once (11) de abril de 2016, ambas fechas inclusive, en consecuencia no correrán los lapsos procesales durante dicho periodo.
Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.
Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Cinco (05) días del Abril de dos mil dieciséis (2016). CUMPLASE.
DRA. TANIA RIVAS SOJO
JUEZA COORDINADORA LABORAL
Autor:
COORDINACIÓN DEL TRABAJO EN LOS VALLES DEL TUY.
Fecha de Publicación:
05/04/2016
Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados