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miércoles, 27 de abril de 2016
RESOLUCIÓN N° 17-16.- NO DESPACHO EN EL CIRCUITO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN CHARALLAVE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE



RESOLUCION No 17-16

La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, presidido por el Dr. Adolfo Hamdan González, (Juez Encargado) de conformidad con el Acta Nro. 16-16, de fecha 21/04/2016, emanada de esta Coordinación Laboral Regional, por el uso de sus facultades dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:

CONSIDERANDO

Que en la presente fecha miércoles 27 de Abril de 2016, fue recibida Circular S/Nro. de fecha 27/04/2016, suscrita por el Dr. Edgar Gavidia Rodríguez, en su carácter de Magistrado de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia y Coordinador Laboral Nacional, mediante la cual informa que con ocasión al Decreto anunciado por el Vicepresidente de la República en fecha 26/04/2016, han sido declarados como no laborables los días miércoles y jueves, en el sector público durante 02 semanas, a partir del día miércoles veintisiete (27) de Abril de 2016, con la finalidad de contribuir con el uso eficiente y racional del agua y energía eléctrica.

CONSIDERANDO

Que es deber ineludible de todo operador de Justicia garantizar a los justiciables el derecho de acceso a los órganos de Justicia, el derecho a la defensa y el debido proceso, consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ejecutando todos los actos judiciales con la debida eficacia y validez para garantizar la certeza y seguridad jurídica que debe imperar en todas las actuaciones jurisdiccionales; en consecuencia esta Coordinación:

RESUELVE

NO DAR DESPACHO, en ninguno de los Juzgado que integran éste Circuito Judicial Laboral, es decir, el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de éste Circuito Judicial y sede; Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de éste Circuito Judicial y sede y Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de éste Circuito Judicial y sede, los días miércoles y jueves, durante 02 semanas, a partir del día miércoles veintisiete (27) de Abril de 2016, con la finalidad de contribuir con el uso eficiente y racional del agua y energía eléctrica, dando cumplimiento a la Circular antes mencionada, en concordancia con el Decreto anunciado por el Vicepresidente de la República en fecha 26/04/2016, en consecuencia, las causas permanecerán en suspenso y no correrán lapsos procesales durante esos días.

Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.

Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Veintisiete (27) días del Abril de dos mil dieciséis (2016). CUMPLASE.





DR. ADOLFO HAMDAN GONZÁLEZ

JUEZ COORDINADOR LABORAL (E)

 
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE



RESOLUCION No 17-16

La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, presidido por el Dr. Adolfo Hamdan González, (Juez Encargado) de conformidad con el Acta Nro. 16-16, de fecha 21/04/2016, emanada de esta Coordinación Laboral Regional, por el uso de sus facultades dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:

CONSIDERANDO

Que en la presente fecha miércoles 27 de Abril de 2016, fue recibida Circular S/Nro. de fecha 27/04/2016, suscrita por el Dr. Edgar Gavidia Rodríguez, en su carácter de Magistrado de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia y Coordinador Laboral Nacional, mediante la cual informa que con ocasión al Decreto anunciado por el Vicepresidente de la República en fecha 26/04/2016, han sido declarados como no laborables los días miércoles y jueves, en el sector público durante 02 semanas, a partir del día miércoles veintisiete (27) de Abril de 2016, con la finalidad de contribuir con el uso eficiente y racional del agua y energía eléctrica.

CONSIDERANDO

Que es deber ineludible de todo operador de Justicia garantizar a los justiciables el derecho de acceso a los órganos de Justicia, el derecho a la defensa y el debido proceso, consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ejecutando todos los actos judiciales con la debida eficacia y validez para garantizar la certeza y seguridad jurídica que debe imperar en todas las actuaciones jurisdiccionales; en consecuencia esta Coordinación:

RESUELVE

NO DAR DESPACHO, en ninguno de los Juzgado que integran éste Circuito Judicial Laboral, es decir, el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de éste Circuito Judicial y sede; Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de éste Circuito Judicial y sede y Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de éste Circuito Judicial y sede, los días miércoles y jueves, durante 02 semanas, a partir del día miércoles veintisiete (27) de Abril de 2016, con la finalidad de contribuir con el uso eficiente y racional del agua y energía eléctrica, dando cumplimiento a la Circular antes mencionada, en concordancia con el Decreto anunciado por el Vicepresidente de la República en fecha 26/04/2016, en consecuencia, las causas permanecerán en suspenso y no correrán lapsos procesales durante esos días.

Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.

Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Veintisiete (27) días del Abril de dos mil dieciséis (2016). CUMPLASE.





DR. ADOLFO HAMDAN GONZÁLEZ

JUEZ COORDINADOR LABORAL (E)

 
Autor:
  COORDINACIÓN DEL TRABAJO EN LOS VALLES DEL TUY.
 
Fecha de Publicación:
  27/04/2016
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