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martes, 31 de mayo de 2016
RESOLUCIÓN N° 23-16.- ROL DE GUARDIAS EN EL CIRCUITO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN CHARALLAVE, DE ACUERDO AL PLAN DE AHORRO ENERGÉTICO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL

ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE



RESOLUCIÓN NRO. 23-16



La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:

CONSIDERANDO

Que de acuerdo a Gaceta Oficial 40.913, publicado en fecha jueves 27 de Mayo de 2016, Decreto Nro. 2.337, mediante el cual el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, prorrogó hasta el 10 de Junio de 2016, el régimen especial de días No Laborables, de carácter transitorio, establecido mediante Decreto N° 2.303, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.890, de fecha 26 de abril de 2016, para el sector Publico en todo el País los días Miércoles Jueves y Viernes, a ser aplicado a partir de su publicación (27/05/2016) hasta el Viernes 10 de Junio de 2016, como consecuencia de los efectos del fenómeno El Niño sobre los niveles de disponibilidad del volumen de agua almacenada en la Represa de Gurí, que sirve a la Central Hidroeléctrica Simón Bolívar, en el estado Bolívar.

CONSIDERANDO

Que en la presente fecha martes 31 de Mayo de 2016, fue recibida información emanada del Dr. Edgar Gavidia Rodríguez, en su carácter de Magistrado de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia y Coordinador Laboral Nacional, mediante la cual informa que con ocasión a la extensión del Plan de Ahorro Energético, la Coordinación Nacional Laboral a objeto de procurar la garantía de acceso a la Justicia prevista en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, acordó que las Juezas y Jueces se encontrarán de guardia (a disposición no presencial), para tramitar y decidir Amparos Constitucionales, los días antes mencionados.

CONSIDERANDO

Que es deber ineludible de todo operador de Justicia garantizar a los justiciables el derecho de acceso a los órganos de Justicia, el derecho a la defensa y el debido proceso, consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ejecutando todos los actos judiciales con la debida eficacia y validez para garantizar la certeza y seguridad jurídica que debe imperar en todas las actuaciones jurisdiccionales; en consecuencia esta Coordinación:

RESUELVE

PRIMERO: NO DAR DESPACHO, en ninguno de los Juzgado que integran éste Circuito Judicial Laboral, es decir, el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de éste Circuito Judicial y sede; Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de éste Circuito Judicial y sede y Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de éste Circuito Judicial y sede, los días miércoles 01/06/2016 y 08/06/2016, jueves 02/06/2016 y 09/06/2016 y viernes 03/06/2016 y 10/06/2016, con la finalidad de contribuir con el uso eficiente y racional del agua y energía eléctrica, dando cumplimiento al Decreto anunciado por el Presidente de la República en fecha 27/05/2016, en consecuencia, las causas permanecerán en suspenso y no correrán lapsos procesales durante esos días.

SEGUNDO: En materia de amparo constitucional se considerarán habilitados todos los días del período antes mencionado. Los jueces, incluso los temporales, están en la obligación de tramitar y sentenciar los procesos respectivos. Con la finalidad de dar fiel cumplimiento a las directrices emanadas del Tribunal Supremo de Justicia, se designa como Jueza de Guardia (a disposición) en este Circuito Judicial en el período antes mencionado a la Dra. Tania Rivas Sojo, Jueza del J
 
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL

ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE



RESOLUCIÓN NRO. 23-16



La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:

CONSIDERANDO

Que de acuerdo a Gaceta Oficial 40.913, publicado en fecha jueves 27 de Mayo de 2016, Decreto Nro. 2.337, mediante el cual el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, prorrogó hasta el 10 de Junio de 2016, el régimen especial de días No Laborables, de carácter transitorio, establecido mediante Decreto N° 2.303, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.890, de fecha 26 de abril de 2016, para el sector Publico en todo el País los días Miércoles Jueves y Viernes, a ser aplicado a partir de su publicación (27/05/2016) hasta el Viernes 10 de Junio de 2016, como consecuencia de los efectos del fenómeno El Niño sobre los niveles de disponibilidad del volumen de agua almacenada en la Represa de Gurí, que sirve a la Central Hidroeléctrica Simón Bolívar, en el estado Bolívar.

CONSIDERANDO

Que en la presente fecha martes 31 de Mayo de 2016, fue recibida información emanada del Dr. Edgar Gavidia Rodríguez, en su carácter de Magistrado de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia y Coordinador Laboral Nacional, mediante la cual informa que con ocasión a la extensión del Plan de Ahorro Energético, la Coordinación Nacional Laboral a objeto de procurar la garantía de acceso a la Justicia prevista en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, acordó que las Juezas y Jueces se encontrarán de guardia (a disposición no presencial), para tramitar y decidir Amparos Constitucionales, los días antes mencionados.

CONSIDERANDO

Que es deber ineludible de todo operador de Justicia garantizar a los justiciables el derecho de acceso a los órganos de Justicia, el derecho a la defensa y el debido proceso, consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ejecutando todos los actos judiciales con la debida eficacia y validez para garantizar la certeza y seguridad jurídica que debe imperar en todas las actuaciones jurisdiccionales; en consecuencia esta Coordinación:

RESUELVE

PRIMERO: NO DAR DESPACHO, en ninguno de los Juzgado que integran éste Circuito Judicial Laboral, es decir, el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de éste Circuito Judicial y sede; Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de éste Circuito Judicial y sede y Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de éste Circuito Judicial y sede, los días miércoles 01/06/2016 y 08/06/2016, jueves 02/06/2016 y 09/06/2016 y viernes 03/06/2016 y 10/06/2016, con la finalidad de contribuir con el uso eficiente y racional del agua y energía eléctrica, dando cumplimiento al Decreto anunciado por el Presidente de la República en fecha 27/05/2016, en consecuencia, las causas permanecerán en suspenso y no correrán lapsos procesales durante esos días.

SEGUNDO: En materia de amparo constitucional se considerarán habilitados todos los días del período antes mencionado. Los jueces, incluso los temporales, están en la obligación de tramitar y sentenciar los procesos respectivos. Con la finalidad de dar fiel cumplimiento a las directrices emanadas del Tribunal Supremo de Justicia, se designa como Jueza de Guardia (a disposición) en este Circuito Judicial en el período antes mencionado a la Dra. Tania Rivas Sojo, Jueza del J
 
Autor:
  COORDINACIÓN DEL TRABAJO EN LOS VALLES DEL TUY.
 
Fecha de Publicación:
  31/05/2016
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