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martes, 28 de junio de 2016
RESOLUCIÓN N° 26-16.- ROL DE GUARDIAS EN EL CIRCUITO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN CHARALLAVE, DE ACUERDO AL PLAN DE AHORRO ENERGÉTICO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE



RESOLUCIÓN No 26-16



La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:

CONSIDERANDO

Que la Sala Plena mediante Resolución Nro. 2016-0005 de fecha 16 de Marzo de 2016, resolvió implementar un Plan Estratégico de Ahorro Energético, conformado por una serie de medidas extraordinarias y temporales tendentes a incrementar el ahorro y uso eficiente de la energía eléctrica, en atención a la situación a nivel nacional en materia ambiental y de energía eléctrica.

CONSIDERANDO

Que el Ejecutivo Nacional ha decidido prorrogar las medidas necesarias para garantizar la continuidad y estabilidad en la prestación del servicio eléctrico y asegurar a la población en general y a todos los sectores de la economía nacional la disponibilidad oportuna y eficiente de dicho servicio, mediante Decreto 2.360, en el cual se dicta el Decreto Nro. 7 dictado en el marco del Estado de Excepción y de Emergencia Económica, donde se prorroga hasta el viernes 08 de Julio de 2016 el horario especial laboral, desde las 08:00 a.m. hasta la 01:00 p.m., para los Órganos y Entes de la Administración Pública Nacional, establecido mediante Decreto 2.352 de fecha 10 de Junio de 2016, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.923 de la misma fecha.

CONSIDERANDO

Que en fecha 27 de Junio de 2016, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, dictó Resolución Nro. 2016-0013, mediante la cual resolvió que todos los funcionarios judiciales, ejecutivos, administrativos y obreros de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Inspectoría General de Tribunales, Escuela Nacional de la Magistratura, Jurisdicción Disciplinaria Judicial, Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental, Tribunales con competencia en lo Civil, Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Agrarios, Marítimos, Laborales, Contenciosos Administrativos, Contenciosos Tributarios, de todo el territorio nacional, tendrán un horario especial laboral, desde las 08:30 a.m. hasta la 01:30 p.m., hasta el viernes 08 de Julio de 2016, inclusive, sin perjuicio de las prórrogas correspondientes.

CONSIDERANDO

Que en la presente fecha (28/06/2016), fue recibido correo electrónico emanado de la Coordinación Laboral (Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia), mediante la cual informó que a los fines de garantizar el acceso a la Justicia, previsto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se designaría un personal de guardia (a disposición no presencial).

RESUELVE

PRIMERO: En cumplimiento al horario establecido en el tercer considerando, todos los funcionarios judiciales, administrativos y obreros adscritos a esta Circunscripción Judicial del Trabajo, laborarán en el horario comprendido de 08:30 a.m. a 01:30 p.m., a partir del 28/06/2016 hasta el 08/07/2016, con la finalidad de contribuir con el uso eficiente de la energía eléctrica, dando cumplimiento al Decreto anunciado por el Presidente de la República, a la Resolución emanada de la Sala Plena y la información suministrada por la Coordinación Laboral (Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia), antes mencionados.

SEGUNDO: En materia de amparo constitucional se considerarán habilitados todos los días del período antes mencionado. Los jueces, incluso los temporales, están en la obligación de tramitar y senten
 
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE



RESOLUCIÓN No 26-16



La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:

CONSIDERANDO

Que la Sala Plena mediante Resolución Nro. 2016-0005 de fecha 16 de Marzo de 2016, resolvió implementar un Plan Estratégico de Ahorro Energético, conformado por una serie de medidas extraordinarias y temporales tendentes a incrementar el ahorro y uso eficiente de la energía eléctrica, en atención a la situación a nivel nacional en materia ambiental y de energía eléctrica.

CONSIDERANDO

Que el Ejecutivo Nacional ha decidido prorrogar las medidas necesarias para garantizar la continuidad y estabilidad en la prestación del servicio eléctrico y asegurar a la población en general y a todos los sectores de la economía nacional la disponibilidad oportuna y eficiente de dicho servicio, mediante Decreto 2.360, en el cual se dicta el Decreto Nro. 7 dictado en el marco del Estado de Excepción y de Emergencia Económica, donde se prorroga hasta el viernes 08 de Julio de 2016 el horario especial laboral, desde las 08:00 a.m. hasta la 01:00 p.m., para los Órganos y Entes de la Administración Pública Nacional, establecido mediante Decreto 2.352 de fecha 10 de Junio de 2016, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.923 de la misma fecha.

CONSIDERANDO

Que en fecha 27 de Junio de 2016, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, dictó Resolución Nro. 2016-0013, mediante la cual resolvió que todos los funcionarios judiciales, ejecutivos, administrativos y obreros de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Inspectoría General de Tribunales, Escuela Nacional de la Magistratura, Jurisdicción Disciplinaria Judicial, Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental, Tribunales con competencia en lo Civil, Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Agrarios, Marítimos, Laborales, Contenciosos Administrativos, Contenciosos Tributarios, de todo el territorio nacional, tendrán un horario especial laboral, desde las 08:30 a.m. hasta la 01:30 p.m., hasta el viernes 08 de Julio de 2016, inclusive, sin perjuicio de las prórrogas correspondientes.

CONSIDERANDO

Que en la presente fecha (28/06/2016), fue recibido correo electrónico emanado de la Coordinación Laboral (Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia), mediante la cual informó que a los fines de garantizar el acceso a la Justicia, previsto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se designaría un personal de guardia (a disposición no presencial).

RESUELVE

PRIMERO: En cumplimiento al horario establecido en el tercer considerando, todos los funcionarios judiciales, administrativos y obreros adscritos a esta Circunscripción Judicial del Trabajo, laborarán en el horario comprendido de 08:30 a.m. a 01:30 p.m., a partir del 28/06/2016 hasta el 08/07/2016, con la finalidad de contribuir con el uso eficiente de la energía eléctrica, dando cumplimiento al Decreto anunciado por el Presidente de la República, a la Resolución emanada de la Sala Plena y la información suministrada por la Coordinación Laboral (Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia), antes mencionados.

SEGUNDO: En materia de amparo constitucional se considerarán habilitados todos los días del período antes mencionado. Los jueces, incluso los temporales, están en la obligación de tramitar y senten
 
Autor:
  COORDINACIÓN DEL TRABAJO EN LOS VALLES DEL TUY.
 
Fecha de Publicación:
  28/06/2016
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