Ir a Principal
Institucionales
Noticias
Eventos
Servicios
Directorio
Enlaces
Gestión Judicial
Gestión
Audiencias
Gestión Detallada
Decisiones
Ultimas Decisiones
Por Fecha
Múltiples Criterios
Por Tribunal
Jurisprudencia
Por Fecha
Indice Temático
Múltiples Criterios
Audiencias
Foros
viernes, 09 de diciembre de 2016
RESOLUCIÒN Nº 45-16- NO DESPACHO EN EL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN CHARALLAVE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCIÓN No 45-16
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que en fecha 06/12/2016, fue recibido por esta Coordinación Laboral correo electrónico emanado de la Sala de Casación Social y Coordinación Nacional Laboral, a cargo del Magistrado Edgar Gavidia Rodríguez, mediante el cual convocó a los Jueces Coordinadores Laborales a participar en la Reunión Nacional de Jueces y Juezas Coordinadores Laborales del año 2016, la cual será celebrada el día Lunes Doce (12) de Diciembre del año en curso en la ciudad de Caracas.
RESUELVE
PRIMERO: NO DAR DESPACHO, el día Lunes 12 de Diciembre del año en curso, en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en virtud que la Jueza que preside dicho Tribunal, a su vez se desempeña como Jueza Coordinadora Laboral y asistirá a la reunión de Coordinadores Laborales en referencia.
Se ordena la publicación de la presente Resolución en la web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.
Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Nueve (09) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Dieciséis (2016).CUMPLASE.
Dra. TANIA RIVAS SOJO
JUEZA COORDINADORA LABORAL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCIÓN No 45-16
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que en fecha 06/12/2016, fue recibido por esta Coordinación Laboral correo electrónico emanado de la Sala de Casación Social y Coordinación Nacional Laboral, a cargo del Magistrado Edgar Gavidia Rodríguez, mediante el cual convocó a los Jueces Coordinadores Laborales a participar en la Reunión Nacional de Jueces y Juezas Coordinadores Laborales del año 2016, la cual será celebrada el día Lunes Doce (12) de Diciembre del año en curso en la ciudad de Caracas.
RESUELVE
PRIMERO: NO DAR DESPACHO, el día Lunes 12 de Diciembre del año en curso, en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en virtud que la Jueza que preside dicho Tribunal, a su vez se desempeña como Jueza Coordinadora Laboral y asistirá a la reunión de Coordinadores Laborales en referencia.
Se ordena la publicación de la presente Resolución en la web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.
Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Nueve (09) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Dieciséis (2016).CUMPLASE.
Dra. TANIA RIVAS SOJO
JUEZA COORDINADORA LABORAL
Autor:
COORDINACIÒN DEL TRABAJO EN LOS VALLES DEL TUY
Fecha de Publicación:
09/12/2016
Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados