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martes, 31 de enero de 2017
RESOLUCIÓN N° 04-17.- NO DESPACHO EN EL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN CHARALLAVE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCION No 04-17
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que la Dra. Tania Rivas Sojo en su condición de Jueza, adscrita al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, quien a su vez se desempeña como Jueza Superior Accidental de los Juzgados Superiores de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, tiene programado para el día Jueves dos (02) de Febrero de 2017, la celebración de una Audiencia Oral y Pública de Apelación, en la ciudad de Los Teques.
RESUELVE
ÚNICO: NO DAR DESPACHO, en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, el día Jueves dos (02) de Febrero de 2017.
Se ordena la publicación de la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.
Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Treinta y Un (31) días del mes de Enero del año Dos Mil Diecisiete (2017). CUMPLASE.
DRA. TANIA RIVAS SOJO
JUEZA COORDINADORA LABORAL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCION No 04-17
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que la Dra. Tania Rivas Sojo en su condición de Jueza, adscrita al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, quien a su vez se desempeña como Jueza Superior Accidental de los Juzgados Superiores de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, tiene programado para el día Jueves dos (02) de Febrero de 2017, la celebración de una Audiencia Oral y Pública de Apelación, en la ciudad de Los Teques.
RESUELVE
ÚNICO: NO DAR DESPACHO, en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, el día Jueves dos (02) de Febrero de 2017.
Se ordena la publicación de la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.
Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Treinta y Un (31) días del mes de Enero del año Dos Mil Diecisiete (2017). CUMPLASE.
DRA. TANIA RIVAS SOJO
JUEZA COORDINADORA LABORAL
Autor:
COORDINACIÓN DEL TRABAJO EN LOS VALLES DEL TUY.
Fecha de Publicación:
31/01/2017
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