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martes, 04 de julio de 2017
RESOLUCIÓN Nº 32-17. SE REANUDA EL DESPACHO EN EL TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN CHARALLAVE.




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE



RESOLUCION No 32-17



La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:



CONSIDERANDO



Que la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en reunión de fecha veinte (20) de septiembre del año 2013, designó al Abogado LUIS DANIEL BASTARDO PINTO, titular de la cédula de identidad número V- 14.183.603, como Juez Temporal para cubrir las faltas con motivo de permisos, reposos, vacaciones, inhibiciones y recusaciones, de los Jueces y Juezas de los Tribunales del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Charallave.

CONSIDERANDO



Que de acuerdo a la Circular signada con el Nº PRES-TSJ-CJ Nº 0001-2017 de fecha 07 de Abril de 2017 emanada de la Presidencia de la Comisión Judicial, mediante la cual se informa a todos los Jueces Coordinadores sobre la decisión adoptada por la Comisión Judicial en reunión de fecha 06 de Abril de 2017 en la cual se dispuso que a partir de esa fecha, los suplentes de las Juezas y los Jueces de Primera y Segunda Instancia podrán cubrir las faltas generadas por vacantes temporales, accidentales y/o especiales, lo cual va más allá de las ocurridas por permisos, reposos, vacaciones, inhibiciones y recusaciones, adoptando un criterio extensivo que permite cubrir las faltas ocasionadas por los motivos antes indicados.

CONSIDERANDO



Que en cumplimiento a lo establecido mediante la referida Circular y de acuerdo a las directrices emanada de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, esta Coordinación Laboral Regional designó al Abogado LUIS DANIEL BASTARDO PINTO, titular de la cédula de identidad número V- 14.183.603, como Juez Temporal del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, en virtud de la renuncia presentada por el DR. JOSÉ GREGORIO ESPAÑA GAMBOA, quien venía desempeñándose como Juez de dicho Juzgado, hasta tanto la Comisión Judicial designe un Juez o Jueza Provisorio.



CONSIDERANDO



Que es deber ineludible de todo operador de Justicia garantizar a los justiciables el derecho de acceso a los órganos de Justicia, el derecho a la defensa y el debido proceso, consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ejecutando todos los actos judiciales con la debida eficacia y validez para garantizar la certeza y seguridad jurídica que debe imperar en todas las actuaciones jurisdiccionales; y en aras de cumplir con la publicidad de todo acto que garantiza a su vez la transparencia de los actos judiciales; en tal sentido, con el objeto de hacer del conocimiento de los justiciables de la referida designación; en consecuencia esta Coordinación:









RESUELVE



REANUDAR el Despacho en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, desde el día de hoy MARTES CUATRO (04) DE JULIO DE 2017.



Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia Región Miranda y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.



Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Cuatro (04) días del Mes de Julio de dos mil diecisiete (2017). CUMPLASE.









DRA. TANIA RIVAS SOJO

JUEZA COORDINADORA
 




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE



RESOLUCION No 32-17



La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:



CONSIDERANDO



Que la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en reunión de fecha veinte (20) de septiembre del año 2013, designó al Abogado LUIS DANIEL BASTARDO PINTO, titular de la cédula de identidad número V- 14.183.603, como Juez Temporal para cubrir las faltas con motivo de permisos, reposos, vacaciones, inhibiciones y recusaciones, de los Jueces y Juezas de los Tribunales del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Charallave.

CONSIDERANDO



Que de acuerdo a la Circular signada con el Nº PRES-TSJ-CJ Nº 0001-2017 de fecha 07 de Abril de 2017 emanada de la Presidencia de la Comisión Judicial, mediante la cual se informa a todos los Jueces Coordinadores sobre la decisión adoptada por la Comisión Judicial en reunión de fecha 06 de Abril de 2017 en la cual se dispuso que a partir de esa fecha, los suplentes de las Juezas y los Jueces de Primera y Segunda Instancia podrán cubrir las faltas generadas por vacantes temporales, accidentales y/o especiales, lo cual va más allá de las ocurridas por permisos, reposos, vacaciones, inhibiciones y recusaciones, adoptando un criterio extensivo que permite cubrir las faltas ocasionadas por los motivos antes indicados.

CONSIDERANDO



Que en cumplimiento a lo establecido mediante la referida Circular y de acuerdo a las directrices emanada de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, esta Coordinación Laboral Regional designó al Abogado LUIS DANIEL BASTARDO PINTO, titular de la cédula de identidad número V- 14.183.603, como Juez Temporal del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, en virtud de la renuncia presentada por el DR. JOSÉ GREGORIO ESPAÑA GAMBOA, quien venía desempeñándose como Juez de dicho Juzgado, hasta tanto la Comisión Judicial designe un Juez o Jueza Provisorio.



CONSIDERANDO



Que es deber ineludible de todo operador de Justicia garantizar a los justiciables el derecho de acceso a los órganos de Justicia, el derecho a la defensa y el debido proceso, consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ejecutando todos los actos judiciales con la debida eficacia y validez para garantizar la certeza y seguridad jurídica que debe imperar en todas las actuaciones jurisdiccionales; y en aras de cumplir con la publicidad de todo acto que garantiza a su vez la transparencia de los actos judiciales; en tal sentido, con el objeto de hacer del conocimiento de los justiciables de la referida designación; en consecuencia esta Coordinación:









RESUELVE



REANUDAR el Despacho en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, desde el día de hoy MARTES CUATRO (04) DE JULIO DE 2017.



Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia Región Miranda y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.



Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Cuatro (04) días del Mes de Julio de dos mil diecisiete (2017). CUMPLASE.









DRA. TANIA RIVAS SOJO

JUEZA COORDINADORA
 
Autor:
  COORDINACIÓN LABORAL EN LOS VALLES DEL TUY
 
Fecha de Publicación:
  04/07/2017
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