Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
martes, 19 de septiembre de 2017
RESOLUCIÓN Nº 36-17.- NO DESPACHO EN EL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN CHARALLAVE.




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE



RESOLUCION No 36-17



La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:



CONSIDERANDO



Que el DR. YIMMYS ARNALDO GONZÁLEZ VARGAS, Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, no asistirá a su puesto de trabajo los días Martes Diecinueve (19) y Miércoles Veinte (20) de Septiembre de 2017, por cuanto le fue prescrito reposo médico por la Dirección de los Servicios Médicos de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, desde el día Lunes Dieciocho (18) hasta el día Miércoles Veinte (20) del presente mes y año, en el entendido que la Resolución por el día Lunes Dieciocho (18) de Septiembre de 2017, fue elaborada con anterioridad a la presente, en razón de que no se contaba con el mencionado reposo médico, en tal sentido:



RESUELVE



NO DAR DESPACHO en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, los días Martes Diecinueve (19) y Miércoles Veinte (20) de Septiembre de 2017, en consecuencia no correrán los lapsos procesales durante dichos días.

Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia Región Miranda y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.



Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Diecinueve (19) días del Mes de Septiembre de dos mil diecisiete (2017). CÚMPLASE.







DRA. TANIA RIVAS SOJO

JUEZA COORDINADORA LABORAL

 




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE



RESOLUCION No 36-17



La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:



CONSIDERANDO



Que el DR. YIMMYS ARNALDO GONZÁLEZ VARGAS, Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, no asistirá a su puesto de trabajo los días Martes Diecinueve (19) y Miércoles Veinte (20) de Septiembre de 2017, por cuanto le fue prescrito reposo médico por la Dirección de los Servicios Médicos de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, desde el día Lunes Dieciocho (18) hasta el día Miércoles Veinte (20) del presente mes y año, en el entendido que la Resolución por el día Lunes Dieciocho (18) de Septiembre de 2017, fue elaborada con anterioridad a la presente, en razón de que no se contaba con el mencionado reposo médico, en tal sentido:



RESUELVE



NO DAR DESPACHO en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, los días Martes Diecinueve (19) y Miércoles Veinte (20) de Septiembre de 2017, en consecuencia no correrán los lapsos procesales durante dichos días.

Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia Región Miranda y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.



Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Diecinueve (19) días del Mes de Septiembre de dos mil diecisiete (2017). CÚMPLASE.







DRA. TANIA RIVAS SOJO

JUEZA COORDINADORA LABORAL

 
Autor:
  COORDINACIÓN LABORAL VALLES DEL TUY
 
Fecha de Publicación:
  19/09/2017
Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados