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jueves, 20 de julio de 2017
RESOLUCION N° 033-2017, DAR DESPACHO en los juzgados SUPERIOR PRIMERO, SEGUNDO DE JUICIO, CUARTO y QUINTO DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL Y SEDE
PRIMERO: DAR DESPACHO en los juzgados SUPERIOR PRIMERO, SEGUNDO DE JUICIO, CUARTO y QUINTO DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL Y SEDE.
SEGUNDO: NO DAR DESPACHO en los juzgados TERCERO DE JUICIO, TERCERO y OCTAVO DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO. En virtud del impedimento de llegada a la sede de las Juezas, hecho este que produce la imposibilidad de hacer acto de presencia en la sede del Juzgado bajo su regencia, lo cual le impiden abrir el Despacho tal como lo exige la norma contenida con el Artículo 31 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
TERCERO: SE SUSPENDEN las audiencias en los Juzgados que integra este Circuito Judicial del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y sede, durante el día Jueves 20 de Julio del año en curso, motivado a la falta de transporte público, y vías de acceso bloqueadas, que impiden la llegada de las partes en juicio, así como del personal judicial. En este sentido las audiencias fijadas para celebrarse en los diferentes Juzgado del Circuito serán reprogramadas.
CUARTO: informar a la Coordinación Nacional del Presente acuerdo, y con el fin de dar la mayor información posible, se ordena la publicación de la presente Resolución en la Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda, así como la colocación de la presente Resolución en la cartelera del Tribunal.
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA LOS TEQUES
207° Y 158°
RESOLUCION N° 033-2017
La Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques, en uso de las atribuciones conferidas mediante la Resolución de Sala Plena Nro. 1475 de fecha 03 de Octubre de 2003, dicta la presente Resolución para hacer del conocimiento a todos los abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:
CONSIDERANDO
Por cuanto que el transporte público urbano no está prestando servicio y las avenidas y calles principales se encuentran bloqueadas desde las seis 6:00 a.m., las cuales causas impedimento para el tránsito vehicular y la llegada de las partes en juicio, que dificultan la llegada de empleados y publico para el ingreso al Circuito Judicial del Trabajo de Los Teques, encontrándose los comercios y negocios cercanos a este Circuito totalmente cerrados, en consecuencia esta coordinación:
CONSIDERANDO
Que es deber ineludible de todo operador de Justicia Garantizar y mantener al Justiciable su derecho de ser informado y de acceso a los órganos de Justicia, así como también a observar el debido proceso y al derecho a la defensa de conformidad con lo estatuido en los artículos 29 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela acuerda.
PRIMERO: DAR DESPACHO en los juzgados SUPERIOR PRIMERO, SEGUNDO DE JUICIO, CUARTO y QUINTO DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL Y SEDE.
SEGUNDO: NO DAR DESPACHO en los juzgados TERCERO DE JUICIO, TERCERO y OCTAVO DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO. En virtud del impedimento de llegada a la sede de las Juezas, hecho este que produce la imposibilidad de hacer acto de presencia en la sede del Juzgado bajo su regencia, lo cual le impiden abrir el Despacho tal como lo exige la norma contenida con el Artículo 31 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
TERCERO: SE SUSPENDEN las audiencias en los Juzgados que integra este Circuito Judicial del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y sede, durante el día Jueves 20 de Julio del año en curso, motivado a la falta de transporte público, y vías de acceso bloqueadas, que impiden la llegada de las partes en juicio, así como del personal judicial. En este sentido las audiencias fijadas para celebrarse en los diferentes Juzgado del Circuito serán reprogramadas.
CUARTO: informar a la Coordinación Nacional del Presente acuerdo, y con el fin de dar la mayor información posible, se ordena la publicación de la presente Resolución en la Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda, así como la colocación de la presente Resolución en la cartelera del Tribunal.
Dado, firmado y sellado en la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, a los veinte (20) días del Mes de Julio de 2017. Años: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
DR. ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
JUEZ COORDINADOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA LOS TEQUES.
Autor:
COORDINACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA LOS TEQUES
Fecha de Publicación:
20/07/2017
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