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jueves, 27 de julio de 2017
RESOLUCION N° 036-2017, DAR DESPACHO en los juzgados SEGUNDO DE JUICIO, TERCERO, CUARTO y QUINTO DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL Y SEDE.
PRIMERO: DAR DESPACHO en los juzgados SEGUNDO DE JUICIO, TERCERO, CUARTO y QUINTO DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL Y SEDE, motivado a la comparecencia del Juez y las Juezas
SEGUNDO: SUSPENDEN LAS AUDIENCIAS, en los Juzgados que integra este Circuito Judicial del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y sede, durante el día jueves 27 de Julio del año en curso, motivado a la convocatoria de paro cívico nacional la cual es un hecho público y comunicacional por causar impedimento del tránsito vehicular y paralización del transporte público y obstaculización de las vías que dificultan la llegada de las partes en juicio.- En este sentido se exhorta a los Tribunales con Despacho, reprogramar las Audiencias pautadas para el día de hoy jueves (27) del año en curso en los diferentes Juzgado del Circuito. En caso de presentarse las dos partes en juicio, el Tribunal podrá celebrar la audiencia a petición de ellas.
TERCERO: informar a la Coordinación Nacional del Presente acuerdo, y con el fin de dar la mayor información posible, se ordena la publicación de la presente Resolución en la Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda, así como la colocación de la presente Resolución en la cartelera del Tribunal.
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA LOS TEQUES
207° Y 158°
RESOLUCION N° 036-2017
La Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques, en uso de las atribuciones conferidas mediante la Resolución de Sala Plena Nro. 1475 de fecha 03 de Octubre de 2003, dicta la presente Resolución para hacer del conocimiento a todos los abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:
CONSIDERANDO
Por cuanto la convocatoria de PARO CÍVICO NACIONAL es un hecho público y comunicacional que causa impedimento del tránsito vehicular y paralización del transporte público por obstaculización de las vías que dificultan la llegada de las partes en juicio, así como del personal judicial al Circuito Judicial del Trabajo de Los Teques, y como quiera que el Juez Dr. Roger Fernández del juzgado Segundo de Juicio, y las Juezas Dra. Indira Cardozo, Corina Rodríguez e Isbelmart Cedre de los Juzgados Tercero, Cuarto y Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y Sede, hicieron acto de presencia en los Tribunales que regentan, en consecuencia esta coordinación:
CONSIDERANDO
Que es deber ineludible de todo operador de Justicia Garantizar y mantener al Justiciable su derecho de ser informado y de acceso a los órganos de Justicia, así como también a observar el debido proceso y al derecho a la defensa de conformidad con lo estatuido en los artículos 29 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela acuerda.
PRIMERO: DAR DESPACHO en los juzgados SEGUNDO DE JUICIO, TERCERO, CUARTO y QUINTO DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL Y SEDE, motivado a la comparecencia del Juez y las Juezas
SEGUNDO: SUSPENDEN LAS AUDIENCIAS, en los Juzgados que integra este Circuito Judicial del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y sede, durante el día jueves 27 de Julio del año en curso, motivado a la convocatoria de paro cívico nacional la cual es un hecho público y comunicacional por causar impedimento del tránsito vehicular y paralización del transporte público y obstaculización de las vías que dificultan la llegada de las partes en juicio.- En este sentido se exhorta a los Tribunales con Despacho, reprogramar las Audiencias pautadas para el día de hoy jueves (27) del año en curso en los diferentes Juzgado del Circuito. En caso de presentarse las dos partes en juicio, el Tribunal podrá celebrar la audiencia a petición de ellas.
TERCERO: informar a la Coordinación Nacional del Presente acuerdo, y con el fin de dar la mayor información posible, se ordena la publicación de la presente Resolución en la Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda, así como la colocación de la presente Resolución en la cartelera del Tribunal.
Dado, firmado y sellado en la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, a los veintisiete (27) días del Mes de Julio de 2017. Años: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
FIRMADO POR EL JUEZ
DR. ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
JUEZ COORDINADOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA LOS TEQUES.
Autor:
COORDINACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA LOS TEQUES
Fecha de Publicación:
27/07/2017
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