Ir a Principal
Institucionales
Noticias
Eventos
Servicios
Directorio
Enlaces
Gestión Judicial
Gestión
Audiencias
Gestión Detallada
Decisiones
Ultimas Decisiones
Por Fecha
Múltiples Criterios
Por Tribunal
Jurisprudencia
Por Fecha
Indice Temático
Múltiples Criterios
Audiencias
Foros
viernes, 20 de julio de 2018
RESOLUCIÓN N° 024-2018
NO DAR DESPACHO, el día lunes veintitrés (23) de julio de dos mil dieciocho (2018), en el Juzgado Octavo (8vo) de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y sede.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
COORDINACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE
LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO MIRANDA LOS TEQUES
208° y 159°
RESOLUCION Nº 024--2018
La Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques, en uso de las atribuciones conferidas mediante la Resolución de Nro.1475 del Tribunal Supremo de Justicia. Dirección Ejecutiva de la Magistratura, en fecha 03 de Octubre de 2003, dicta la presente Resolución para hacer del conocimiento a todos los abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente.
CONSIDERANDO
Que es deber ineludible de todo operador de Justicia Garantizar y mantener al Justiciable su derecho de ser informado y de acceso a los órganos de Justicia, así como también a observar el debido proceso y al derecho a la defensa de conformidad con lo establecido en los artículos 29 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
CONSIDERANDO
Que al Juez provisorio del Juzgado Octavo (8vo) de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo, de esta Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, ciudadano abogado Carlos Felipe Núñez Menoni, se le concedió permiso por la Coordinación Laboral para ausentarse el día lunes veintitrés (23) de julio de dos mil dieciocho (2018), con motivo de realizar diligencias de carácter personal, hecho este que le imposibilita hacer acto de presencia en la sede del Juzgado bajo su regencia, lo cual le impiden abrir el Despacho tal como lo exige la norma contenida con el Artículo 31 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
RESUELVE
Primero: NO DAR DESPACHO, el día lunes veintitrés (23) de julio de dos mil dieciocho (2018), en el Juzgado Octavo (8vo) de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y sede.
SEGUNDO: Asimismo se les informa a los usuarios que las audiencias programadas para celebrarse el días lunes veintitrés (23) de julio de dos mil dieciocho (2018), serán reprogramadas.
TERCERO: Se ordena la publicación de la presente Resolución en la Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda y la Remisión a la Coordinación Nacional del Trabajo.
Dado, firmado y sellado en la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, a los veinte (20) días del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018). Siendo las ocho y treinta (8:30 am.) Años: 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
ABG. INDIRA ROSA CARDOZO MATUTE
JUEZ SUPERIOR Y COORDINADOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA LOS TEQUES
Autor:
COORDINAICON LABORAL LOS TEQUES
Fecha de Publicación:
20/07/2018
Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados